Gratuidad regulada de la educación superior: un imperativo de eficiencia y eficacia.
Marzo de 2016 representa una fecha simbólica e histórica para el país y el sistema de educación superior de Chile. Después de más de tres décadas y fruto de las reformas educativas anunciadas durante el segundo mandato de la Presidente Michelle Bachelet, un grupo significativo de alumnos de primer año de carreras e instituciones elegibles, accedieron a estudiar en la Universidad de manera gratuita.
Este hecho significativo representa principalmente el triunfo de los movimientos estudiantiles del año 2006 y 2011, quienes fueron actores sociales fundamentales en lograr movilizar a la opinión pública y presionar a las autoridades políticas para avanzar hacia cambios sustantivos, en la forma de como se han diseñado en implementado las políticas públicas del sector terciario a nivel nacional en los últimos años.
Durante el desarrollo del año 2015, el gobierno anunció el mecanismo diseñado para dar inicio a este importante cambio en materia de financiamiento de las ayudas estudiantiles. La discusión no estuvo exenta de variadas problemáticas y en algunos casos errores comunicacionales del ejecutivo. Finalmente veintinueve Universidades (las veinticinco pertenecientes al Consejo de Rectores, más cuatro instituciones privadas autónomas) ingresaron al sistema de gratuidad, lo que ha permitido que los estudiantes de primer año perteneciente al sesenta por ciento de menores ingresos, sean financiados íntegramente por el Estado (matrícula y arancel).
Sin embargo, y pese a este importante avance en equidad e igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior en nuestro país, existe un conjunto de temas colindantes con esta política, que no se encuentran resueltos y pueden generar varios efectos políticos y sociales. Se puede mencionar por ejemplo, el monto del arancel tarificado por el Gobierno para transferir los recursos a cada institución educativa, además de clarificar si el sistema de créditos y becas se mantendrá.
Yo en lo personal me quiero referir a otro punto importante y que es crucial en la discusión presente y con alto impacto en el futuro: la forma de regular la gratuidad de la educación superior.
Tal como lo expresara en columnas de opinión anteriores, a través de este mismo medio, me parece que es justo (en la lógica de pensamiento de justicia de John Rawls) que se avance en una gratuidad para la educación superior. Sin embargo, en estricto rigor el concepto de gratuidad solo es un precepto de carácter simbólico. La gratuidad no existe, ya que este cambio de modelo de financiamiento, solo transfiere la responsabilidad de financiamiento desde los alumnos y sus familias hacia el Estado. Este cambio representa un mayor gasto fiscal de alrededor de US$4.000.- millones (los que en régimen de reforma aumentaran sustantivamente), lo que por cierto es financiado en forma directa e indirecta por todos los chilenos.
De acuerdo a este argumento, es fundamental regular correctamente el ejercicio de este derecho social. Existen diversos ejemplos en políticas de gratuidad en la educación superior a nivel internacional, por cierto hay experiencias más satisfactorias que otras. Si miramos el caso argentino, podemos ver tasas de titulación muy bajas y períodos de permanencia muy prolongados.
El Gobierno tiene la obligación de establecer un adecuado marco regulatorio para la gestión de este instrumento de financiamiento de la educación superior. Es valorable que se hayan establecido los primeros criterios institucionales para el acceso a este beneficio hacia los estudiantes.
Mi postura es que debiera financiarse la matrícula y el arancel de un alumno, durante el tiempo normal de la carrera más un pequeño margen adicional (uno o dos semestres), con aranceles que reflejen en forma real los costos de una educación de calidad. Posterior a este período el alumno debiera pagar su educación con recursos propios o accediendo a un crédito estatal con una tasa de interés que no exceda el 2% de interés anual. Este argumento se basa en un criterio de eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos. No hay que olvidar que un alumno recibe financiamiento en principio por su mérito académico, lo que es vinculado a su condición socioeconómica. Si no se regula con claridad y transparencia este aspecto, este instrumento de política podría fomentar como se dice en términos económicos, incentivos perversos y se vulneraría el principio de igualdad de oportunidades. Esta regulación mantendría estándares de tasas de titulación en tiempos oportunos.
El costo de oportunidad de una política de gratuidad de la educación superior es bastante alto. Esos recursos también son necesarios en sectores como salud, educación, vivienda, pobreza, entre otros ámbitos. Es por esta razón que frente a un hecho histórico, los estudiantes beneficiados deben estar a las alturas de las circunstancias.
Actualmente curso estudio en una Universidad que accedió al sistema de gratuidad. Es gratificante ver como muchos de mis compañeros que se encuentran con este beneficio, se esfuerzan día a día por rendir académicamente. Es la mejor forma de expresar que esta política pública tiene mucho sentido y representa una nueva forma de comprender el diseño de políticas en educación en una perspectiva de largo plazo.
Regular la gratuidad de la educación superior en nuestro país, es un imperativo de accountabilty imprescindible para salvaguardar la eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos.
Germán Sanhueza Muñoz
Director Ejecutivo de www.paisproactivo.cl
El autor de esta columna es Administrador Público y Magíster en Políticas Públicas. Posee cursos de perfeccionamiento en la Universidad de Harvard, Estados Unidos y en la Universidad Autónoma de México. Actualmente cursa un Doctorado en Educación y estudios de Sociología. Posee más de dieciséis años de experiencia profesional y académica. Su área de desarrollo académico y de investigación son las políticas públicas en educación y las políticas sociales.
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